DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE VENTA, interpuesta por la ciudadana: RUBISELA BELLORIN MORENO, en contra de los ciudadanos: ISIDRO JOSÉ GONZÁLEZ y PEDRO VELASQUEZ, ambas partes plenamente identificadas en autos, en ocasión de la venta celebrada en fecha 17 de Junio de 2003 ante la Oficina de Registro Subalterno, quedando bajo el Nº 35, folios 228 al 231, Protocolo Primero, Tomo Quinto, Segundo Trimestre del año 2003, sobre un bien inmueble ubicado en la Calle 24 Sur, Nº 20, Sector Pueblo Nuevo Sur de El Tigre, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con parcela ocupada por EMILIO ASCENSO, midiendo Cincuenta y Un Metros (51 Mts.); SUR: con parcela ocupada por EDGARD GUARISMA, midiendo cincuenta y un metros (51 Mts);.....