esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ROSANA DEL VALLE SOTO MATUTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.8.282.627, domiciliada en Barcelona, Municipio Simon Bolívar del estado Anzoátegui actuando en nombre y en representación de su hijo el Niño PEREZ SOTO, de doce (12) años de edad; SEGUNDO: SE DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano HENRY WILMER PEREZ ATAGUA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°8.237.925, fallecido el día 21/06/2015, a su hijo el Niño JUAN MARCOS PEREZ SOTO, de Doce (12) años de edad; dejándose a .....