Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado CARLOS ALBERTO RAMOS GOMEZ, el CONFINAMIENTO, en la Prefectura de Ciudad Bolivar, donde deberá presentarse mensualmente hasta el dia 24-03-2006, fecha ésta en que cumplirá su pena completa, con aumento de una quinta (1/5) parte del tiempo que le resta de la pena, conforme lo establece en los artículos 16 y 34 del Código Penal.
Déjese copia, notifíquese, Líbrese Boleta de Excarcelación, Ofíciese al Prefecto de la Parroquia Catedral y al Secretario General de Gobierno del Estado Bolívar. Entréguese copia de la resolución al penado. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION Nº 02.,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.
LA SECRETARIA.,
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