en consecuencia ésta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Uso de sus Atribuciones Legales, y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, al niño ha residenciarse junto con su madre ciudadana JENNIFER CAROLINA NICHOLS ALBORNOZ, ya identificada, en los Estados Unidos de Norte America, en la ciudad de Miami, Estado de Florida, pudiendo viajar periódicamente a Venezuela o cualqueir otro país al que por cualquier razón deba viajar la madre antes identificada. Igualmente este Tribunal advierte a la ciudadana JANNIFER CAROLINA NICHOLS ALBORNOZ, ya identificada que de conformidad con lo establecido en el Artículo 27 EJUSDEM, que establece: "Derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con los padres: Todos los niños y adolescentes tiene derecho a mantener, de forma regular y permanente, relaciones personales y contacto directo con ambos padres, aun cuando exista separació.....