este Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoàtegui, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA APERTURAR A JUICIO ORAL Y PUBLICO, la causa seguida al imputado: JUAN VICENTE GARCÍA CACHIMA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. 14.076.745, natural de Barcelona, del Estado Anzoátegui, nacido en fecha 05-05-1977, de 25 años de edad, Estado Civil soltero, de Oficio Músico, hijo de Juan Vicente García y Leida Cachima, residenciado en Calle Brisas del Mar, casa N° 05, El Paraíso, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de los ciudadanos: OSCAR ATAGUA y CLARIBEL JULIANA DIAZ SANATANA. Se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de Juicio correspondiente en su oportunidad legal. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL Nº 06,
DR.ELEAZAR JAVIER SALDIVIA
EL SECRETARIO.....