Por las razones antes expuestas, este Tribunal tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, la entrega bajo guardia del vehículo: MARCA: TOYOTA, MODELO: YT-115. TIPO: ENDURO, PLACAS: S/P, SERIAL DE CARROCERIA: MH33HB273K11887, SERIAL MOTOR: 3HB-253213, al ciudadano: LEONARDO COA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.237.952, residenciado en el Barrio Colombia, Calle Principal, N° 23, Barcelona, Estado Anzoátegui, bajo la expresa obligación de presentar el vehículo tantas veces sea requerido por el Órgano Jurisdiccional o el Ministerio Público, de conformidad la entrega a lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda devolver los documentos originales, previa certificación en autos, librar oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, delegaciones Barc.....