esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia ACUERDA: Declarar Con Lugar la Solicitud de TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD, por el ciudadano: LUIS JOSE ALVAREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-8.463.426, actuando en su propio nombre y representación de su hija ...., debidamente asistido por el abogado en ejercicio PEDRO SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 192.074, sobre las bienhechurías que se encuentran ubicada en Terreno municipal, en la Calle Los Mangos, casa s/n, Sector Los Olivos, San José de Guanipa, Estado Anzoátegui que mide SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CON OCHENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (787,87 mts2), dichas bienhechurías se encuentran fabrica.....