consecuencia de lo anterior, se desprende una falta de interés del solicitante en seguir con los trámites de la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, razón por la cual, este Tribunal, debe declarar la falta de interés, como consecuencia del Abandono del Trámite, y así se declara.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana NILDA ESTHER MORENO DE SOLORZANO, antes identificada. Devuélvanse estas actuaciones originales al interesado y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.
La Juez Suplente Especial,
Dra. Helen Palacio García.
La Secretaria,
Abog. Marieugelys García Capella.