DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del Jóven IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 19 de Noviembre de 1988, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad, N° 19.761.645, hijo de los ciudadanos Amilcar Salas y Nancy Josefina Castañeda, residenciado en la Calle La Línea, casa S/N°, Sector El Chispero, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 9 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehiculo Automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, que se señaló cometido en perjuicio del ciudadano JESUS ANIBAL RIDRIGUE.....