Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en usos de sus atribuciones legales y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Obligación de Manutención, para el adolescente ELVIA ROSA BARRETO LANOY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.290.566, asistida por la abogada en ejercicio MANUEL OCTAVIO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.158, en contra del ROGER ANTONIO BURIEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.291.180, en beneficio de su hija, la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en consecuencia, .....