este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO; intentada por el abogado GONZALO OLIVEROS NAVARRO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 18.111, en su carácter de apoderado judicial del BANCO MERCANTIL, C.A, plenamente identificada en autos; en contra de la Sociedad Mercantil FORMULA 2, C.A, plenamente identificada en autos, y el ciudadano MARCOS ANTONIO GARCIA ROMERO, plenamente identificado en autos, en consecuencia: PRIMERO: Se declara Resuelto el Contrato de Venta Con Reserva de Dominio suscrito por las partes intervinientes en el presente juicio de fecha 28 de Junio de 2.002, posteriormente archivado ante la Notaría Pública Trigésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 02 .....