decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida contra JOSE LAYA, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453, ordinal 3º del Código Penal, cometido en perjuicio del (la) ciudadano (a) DANIS JOSE CENTENO BOLIVAR, de conformidad con los Artículos 300, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108, ordinal 4° del Código Penal. Regístrese. Notifíquese. Remítase al Archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.-