Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 de esta circunscripción judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA a JHONNY YOSMAR RAMOS ROLLIN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad V- 16.854.656, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07/06/1983, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, hijo de los ciudadanos PEDRO JOSÉ RAMOS (v) y MARIA ROLLIN, residenciado en el Barrio Las Charas, Calle El Limón, Callejón Esperanza, Casa número 1, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, haciendo una breve narración de los hechos, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio de RAFAEL ANGEL VASQUEZ, siendo la pena a cumplir de OCHO AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias .....