en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en tal virtud se ordena citar a la ciudadana: AMANDA MARILYN RIVAS SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-17.537.688, domiciliada en: Avenida Rómulo Gallegos, Calle Los Altos, entre el Colegio Paparoni y el Garaje Municipal, Casa Rosada S/N°, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal al quinto (5to) día de despacho siguiente a su citación, a los fines de dar contestación a la presente demanda de Colocación Familiar, en horas de Despacho comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las tres y treinta minutos de la tarde. Líbrese compulsa con orden de comparecencia, Se le advierte a las partes que deberá reconocer como ciertos los hechos uno a uno, admitirlos con variantes o modificaciones o rechazarlos uno a uno, so pena de tenerlo como ciertos, además deber.....