Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD CON FIANZA a los imputados MARCO JOSE GARCIA CARIMA, quién dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 26.958.907, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18-03-1992, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante, hijo de los ciudadanos MARCO GARCIA y EDINA DEL VALLE CARIMA, residenciado al final de la avenida Juan de Urpin, casa Nº 12, Sector Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui; y JULIO ANDRES VARGAS MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.106.667, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-05-89, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos FREDDY VARGAS y C.....