Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado LUIS MANUEL GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad NO. V.-8.332.206, de estado civil soltero, albañil, residenciado en Tronconal 3, Sector I, Vereda 12, Casa No. 14, Barcelona, quien deberá presentarse mensualmente ante la Prefectura de la dirección siguiente CALLE NUEVA SECTOR MONTAÑA ALTA, ANACO, CASA 50-B, TELEFONO 0416-3812481 hasta el día 5-09-2016, fecha ésta en que cumplirá su pena completa (pena corporal y penas accesorias), con aumento de 1/4 parte del tiempo que le resta de la pena, conforme a lo establecido en el articulo 13 y 52 del Código Penal.
Déjese copia, notifíquese. Líbrense oficio al Prefecto del Municipio ANACO, y al Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Custodia al Recluso, D.....