Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: ALI ANTONIO DUARTE URQUIOLA, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.910.433, en consecuencia, se acuerda conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la entrega bajo Guarda y Custodia del vehículo con las siguientes características: Marca: Chevrolet, Modelo: Silverado 4x4A, Color: Beig, Tipo: Pick-up Uso: Carga Clase: Camioneta, Placa 93BMAK, Año: 2.001, Serial de Carrocería: 8ZCEK14T41V348788, Serial de Motor: 41V348788; Servicio: Privado, debiéndose remitir el respectivo oficio al Administrador del Estacionamiento METROPOLITANO, con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, participando de la decisión dictada por este Juzgado en esta misma fecha. SEGUNDO: Devuélvase los documentos originales al so.....