Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo de incidencia surgida en el juicio por RENDICION DE CUENTAS seguido por el ciudadano GERMAN JOSE RIVERO GUEVARA contra la CONSULTORIO Y ENSAYOS DESTRUCTIVO CONSULTED S.A.,, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, que desde el día 27 de mayo de 1998, oportunidad en la que el DR. PEDRO JOSE PEDROZA, apoderado de la parte demandada, diligenció solicitando copia certificada, hasta el día de hoy. Así se decide.