Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA a los imputados SIMÓN ANTONIO GOMEZ BASTARDO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.854.665, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 14/03/1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos SIMÓN GOMEZ Y YUDITH BARTARDO (v), residenciado en Calle Ayacucho casa N° 26, Barrio las Charras, cerca de la bodega del junquito, Estado Anzoátegui. MARTÍN ANTONIO TORRES FIGUERA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-28.572.544, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 28-05-1986, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio carretillero, hijo de los ciudadanos MARTIN TORRES Y LUZMILA CAMPO.....