Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por las ciudadanas REINA RAMONA QUIJADA y MARIA DEL PILAR TOVAR GUAIPO, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos MAGALYS JOSEFINA DELGADO GUICHE, EDUARDO ANTONIO GUICHE, ALFREDO RAFAEL DELGADO GUICHE, ZORALI DEL CARMEN DELGADO GUICHE, VICTOR JOSE DELGADO GUICHE, AURISTELA DELGADO GUICHE, NELSON JOSE DELGADO GUICHE Y ROSALBA ALEJANDRA DELGADO GUICHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.324.863, 8.314.964, 8.319.247, 8.336.555, 11.415.621, 11.416.121, 12.915.882 y 12.915.883, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara JOSEFINA GUICHE, quien conforme consta del Registro de Defunciones, expedido por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Anzoátegui, Municipio Juan Antonio Sotillo, Parroquia Puert.....