este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre las partes, dándole carácter de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Laboral resguardar el Cheque ut-supra identificado, contra la entidad financiera BANESCO, a favor del ciudadano JESUS RAGA, y hacerle la entrega del mismo a su beneficiario, una vez sea solicitado. En consecuencia, este Tribunal se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto consta el retiro del Cheque referido. Igualmente ordena devolver el Instrumento Poder, en Copia Certificada que se encuentra cursante en autos y certificar por secretaría copias simples que deberá la parte demandada consignar.
Publíquese y Regístrese. Déjese constancia de la anterior de.....