DECISION
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, formulada por los ciudadanos JACKSON DAVID LABORI LUNAR y CELIA DEL VALLE LONGART GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 16. 827. 196 y V-16.927.773, respectivamente, con fundamento en el artículo 189 del Código Civil, en armonía con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, en fecha 16 de diciembre de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Simón Bolívar, Parroquia El Carmen, del estado Anzoátegui, conforme consta de copia certificada de Acta de Matrimonio asentad.....