Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por el ciudadano PETER MICHELSON SEERSANT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.796.371, a través de su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio LUIS JOSÉ VILLARROEL CABELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.151.723, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.031, en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CASA BLANCA PLC, S), inscrita por ante la oficina Mercantil de registro III del Estado Anzoátegui, bajo el N° A-71, Tomo 47, de fecha 09 de Noviembre del 2004.-
Así se decide.