Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos María Auxiliadora Ramírez y Yoniray del Valle Mongua, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos ZORAIDA DEL CARMEN BARRIOS HERNÁNDEZ, ROSALINA BARRIOS DE MEJÍAS , LESBIA DEL SOCORRO BARRIOS HERNÁNDEZ, MARÍA DEL VALLE BARRIOS HERNÁNDEZ, MYRNA DE JESÚS BARRIOS, MANUEL JOSÉ BARRIOS HERNÁNDEZ, ORLANDO JOSÉ COROMOTO BARRIOS HERNÁNDEZ Y LUIS JOSÉ BARRIOS HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-1.197.115, V-485.588, V-3.170.403, V-3.955.410, V-3.954.740, V-3.688.183, V-4.215.834 y V-4.905.621, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quienes en vida se llamaran MARÍA ASUNCIÓN HERNÁNDEZ DE BARRIOS y MANUEL MARCOS BARRIOS, quienes conforme consta de las Actas de Defunciones acompañadas a la solicitud bajo e.....