esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, contentivo de Demanda de AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS presentada por la Ciudadano GIOVANNA TRENTO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Números V- 13.936.027, domiciliada en el Sector Fuerte Tiuna, Calle Gracias a Dios, Casa N°86, Barcelona, Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, asistida de la abogada MARYORIBET SANTANA DE MATA, inscrita en el inpreabogado bajo el N°169.140 en contra del ciudadano ORLANDO JESUS RIVAS BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.416.835 domiciliado en el sector el Viñedo, Calle 08, Casa N°32, Barcelona, Municipio Simon Bol.....