éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, en el Uso de sus facultades Legales y en representación del niño ya mencionado, la Restitución de esta, indebidamente retenido por su padre Ciudadano LUIS FERNANDO BONILLA CHACIN,Por cuanto éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, considera procedente el pedimento que se le hace, ya que en autos no aparece demostrado Legalmente ningún hecho o circunstancias que justifique la actitud asumida por el expresado Ciudadano LUIS FERNANDO BONILLA CHACIN, ni tampoco las razones que tiene de negarse a entregarle a su progenitora Ciudadana SHIRLEY VALDERRAMA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.051.847, domiciliada en la Av. Paseo Colón, Edificio Turimiquire, Piso 01, Apartamento 10-13, Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, éste Tribunal en Uso de sus Atribuciones Legales, y en interés superior del mencionado niño y de conformidad con lo dispu.....