DECLARA:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCION Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentado por la ciudadana LAURA JOSEFINA COLINA, en contra del ciudadano NELSON RAFAEL FLORES, ya anteriormente identificados, y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de la decisión que antecede, se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 22 de OCTUBRE de 2012, e igualmente se deja sin efecto el contenido del Oficio Nº 1980-728-2012, y así se decide.