En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana ZAILYS DEL VALLE HIDALGO FANEITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 21.390.104, debidamente asistida en este acto por La Defensora Pública Cuarta, Abogada GLADYS MAITA, en donde se encuentra involucrado su hijo, (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , siendo su padre el ciudadano JULIAN JOSE SABINO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 21.079.917, residenciado en C Duraz.....