Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, contentiva de Demanda de Demanda de Acción Reivindicatoria, que hubiere incoado la ciudadana ADELAIDA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.228.643, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS CARABALLO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.942, en contra de la ciudadana TALIBETH MARCANO SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.490.088 y de este domicilio. Así se decide.