esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: el desistimiento de la presente solicitud, presentada por la Defensora Publica Cuarta del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, Abg YASMINE AVILA MIRABAL, a requerimiento del ciudadano OSCAR RAFAEL FRANCO CANACHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.359.554, de este domicilio. SEGUNDO: En consecuencia, se EXTINGUE LA INSTANCIA, según la normativa que regula la materia y TERCERO: Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación en autos por secretaria de las copias fotostáticas que quedaran en su lugar. Se le advierte a él o la solicitante que no podrán intentar nuevamente la acción sino una vez transcurra un mes, contado a partir de la presente fecha. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, tal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, .....