En consecuencia ésta Sala de Juicio Nº 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en virtud de haberse cumplido con los requisitos exigidos en los Artículos 432 y 433 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en Interés Superior de la niña MARIA DE LOS ANGELES, nacida el día 24 de Mayo del año 2002, en la Población de Paríaguan, Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, actualmente con dos (2) años de edad, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Adopción Plena y Conjunta, que los ciudadanos SAMUEL YASIN LANDAETA y BETZABETH DEL VALLE PERALES DE YASIN, hacen sobre la niña MARIA DE LOS ANGELES, actualmente con dos (2) años de edad, por lo que de ahora en adelante las tantas veces nombrada MARIA DE LOS ANGELES, se llamará ANA CRISTINA YASIN PERALES, y gozará por lo tanto de todos los bene.....