Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara competente a uno cualesquiera de los Tribunales de Primera Instancia con competencia en materia Civil, además de la Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad ,para conocer de la solicitud de inhabilitación ejercida por el ciudadano WILLIAN JOSE BRACHO PARICA, venezolano, mayor de edad, casado, Licenciado en Contaduría Pública, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 227. 272, debidamente asistido por el abogado Nemecio Rafael Hernández Párica, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 65.732, en relación a su cónyuge MARIANELA YANIRA BORGES MENESES, quien es venezolana, mayor de edad, Técnico Superior en Relaciones Industriales, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 259. 284.-