Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, contentiva de la Demanda que por Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva), incoara la Sociedad Mercantil HOTELES DORAL, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 07 de febrero de 1.977, bajo el Nº 24 del Tomo "A", Administradora del Condominio del DORAL BEACH VILLAS, TENIS & GOLF CLUB, Sociedad Civil, inscrita en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de septiembre de 1.979, bajo el Nº 06, folios vuelto del 214 al 234 y su vuelto, Tomo Segundo Adicional, protocolo Primero, Tercer Trimestre, a través de su apoderado judicial, abo.....