Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por el profesional del derecho el profesional del derecho PEDRO ANDERSON GONZALEZ FAJARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 96.755, en representación de la empresa demandada recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, en fecha 27 de marzo de 2007, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara la ciudadana RITALICIA MAC-LELLAN REYES, contra la sociedad mercantil SUMINISTROS INVEMAR, C. A., en consecuencia, se REVOCA la sentencia objeto de apelación en todas y cada una de sus pa.....