DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de Derecho antes expresados, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien dijo ser venezolano, nacido el 14 de Agosto del año 1986 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.237835, hijo de los ciudadanos José Luís Rodríguez González y Lezaida Maria Laffont, residenciado en Calle Andrés Eloy Blanco, cruce con 24 de Julio, casa Nº 23, Barrio Valle Lindo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; por el delito de TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el articulo 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 80 en su primer aparte y el articulo 83 ejusdem, que se señaló cometido en perjuicio de ARQUIMEDES JOSE GARCIA; de conformidad con lo pautado en lo.....