Es por todo ello que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA RATIFICAR EL DECRETO DE MANERA PROVISIONAL LA COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, de conformidad con los artículos 125, 126, literal "I", y 128 EJUSDEM, de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , supuestamente hija de la ciudadana AMNELYS VILLARROEL ROMERO, venezolanos, mayor de edad, supuestamente titular de la cédula de identidad Nº V-17.848.132, respectivamente, la cual se va ejecutar en el hogar de los ciudadanos AMEL IRRAEL GUANCHEZ VEGAS Y DAMELIS ANGELICA MARTINEZ LETTERNI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las .....