Decisiones del dia 09/06/2004
N° Expediente :
BP02-O-2004-000094
N° Sentencia :
Fecha: 09/06/2004
Procedimiento: Amparo Constitucional
Partes: RECURRENTE: SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE ASEO URBANO, PARQUES Y JARDINES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI---RECURRIDO: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
Resumen:
Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limini litis la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano ARGENIS AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos V- 5.487.016 y de este domicilio, procediendo en su carácter de Presidente debidamente facultado por Acta de fecha 29 de marzo de 2004, efectuada y suscrita por el Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de Aseo Urbano, Parques Y Jardines del Estado Anzoátegui (SUTA-AUPAJA), debidamente asistido por el Abogado ANGEL CORREA SISO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 91.148 contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, quedando de este modo REFORMADA la sentencia consultada - ASÍ SE DECIDE.-
Juez/Ponente:
Corallys Cordero
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
N° Expediente :
7379
N° Sentencia :
Fecha: 09/06/2004
Procedimiento: Desalojo
Partes: DULCE MARÍA LARRE DE MASSIH VS. SANDRA CAROLINA GARCÍA HERNÁNDEZ
Resumen:
este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el Juicio por DESALOJO, incoada por las Abogadas SONIA AMARAL y KETTY VALDEZ, con el carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana DULCE MARÍA LARRE DE MASSIH, en contra de la ciudadana SANDRA CAROLINA GARCÍA HERNÁNDEZ, todos identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se deja sin efecto la medida preventiva de secuestro dictada por este Juzgado en fecha 04 de febrero de 2002, cursante al folio 03, del cuaderno de medidas. Así se decide.
Juez/Ponente:
Mariela Narvaez
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo