En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ALEXIS JOSÉ LICCIEN BRITO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad N° 3.048.706, a través de su Apoderada Judicial Abogada Migda Margarita Rodríguez Zabala, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.644, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06 de Abril de 2.004.- En consecuencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la referida sentencia.-