Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación, incoado por el abogado ESLI ROBERTO PIZARRO, en su carácter de abogado defensor de los ciudadanos VENTURA BAUTISTA VELASQUEZ MAESTRE Y AMANDA GALEA CORASPE contra la decisión del Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El tigre, de fecha 04 de junio del 2006, que decretó medida preventiva de privación de libertad, contra los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; ya que esta Corte de Apelaciones no consigue violación a derecho constitucional ni garantía procesal alg.....