esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declarar con Lugar la Solicitud planteada por el ciudadano EINER RAFAEL REYES CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.033.336, domiciliado en El Tigre Municipio Simon Rodríguez, asistido por la abogada EGLYS CELIA GUTIERREZ ALLEN., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.850, por la cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su padre fallecido Ad intestato el ciudadano RAMON RAFAEL REYES RENDON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.655.093, de este domicilio, fallecido en fecha 30/12/2011, quien también era padre de la adolescente: (XXX), hija de la ciudadana YAJAIRA DEL V.....