Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos JOSE GUILLERMO RIVAS y CARMEN TERESA MERCHAN DE VALLENILLA, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: ANTONY O´CONNOR, EMBER ANTONIO OCONA MARTINEZ, RAMON ABRAHAM OCONER MARTINEZ (difunto), MILVIDAD DEL VALLE OCONA MARTINEZ, YBIS MARIA OCONA MARTINEZ (difunta) y FRANKLIN DEL CARMEN OCONOR MARTINEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-70984, V-643.452, V-2.440.741, V-2.442.3030, V-3.731.601,y 2.745.989 respectivamente, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA FELICITA MARTINEZ DE OCONA, quien era venezolana, mayor de edad, casada, de oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° V-487.887, quien falleció en fecha 26 de Agosto de 1961, en la Calle Zoilo Vidal N° 32 de esta ciudad, conforme consta de documentación inserta en autos; quedando e.....