En consecuencia, la suscrita Dra. ANA JACINTA DURAN, Juez de este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente, Sala de Juicio N° 02, Se AVOCA al conocimiento de la presente causa de OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana LISSETTE DAYANA GUILLEN SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.384.648, domiciliada en: Avenida El Ejercito, Residencias Marina Blanca, piso 02, apartamento 2-A, Nueva Barcelona, Estado Anzoátegui, asistida en este acto por la Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente de la extensión Barlovento del Estado Miranda, abogada RITA NEGRIN CLEMENTE, actuando en nombre y representación de la niña GABRIELA DAYALI "NAVARRETE GUILLEN", venezolana, de tres (03) años de edad actualmente, en contra del ciudadano GABRIEL JOSE NAVARRETE DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.200.755, domiciliado en: Urbanización Palo Alto, calle 6, casa N° 61-A, Guatire, Estado Miranda......