DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILFREDO JOSÉ RONDÓN HERRERA contra la empresa AVIOR TURÍSTICO, C.A., ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: De conformidad con el contenido de la parte in fine del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se condena en costas a la parte actora en el presente juicio.