DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoado por la ciudadana: ANNIS MARIBELL RENGEL MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- 13.017.662, de este domicilio, asistida por las abogadas: ROSANGELA ROJAS ROJAS y YENNIFER WALTERS, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad numero Nros- V- 17.088.931 y V-10.067.362, respectivamente e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 125.140 y 125.072, respectivamente; en contra del ciudadano: NELSON EDUARDO SANCHEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad numero Nro. V- 12.126.076, fundamentado en la causal tercera del a.....