en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley en Interés Superior del niño de marras, ORDENA hacerle entrega a la ciudadana ANDREINA MAGALYS PEROZO MORA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.068.273, las obligaciones de manutenciones atrasadas correspondientes a los meses de: Diciembre de 2010, hasta Diciembre de 2011, más la cantidad adicional en el mes de Septiembre y Diciembre, por concepto de Bono Escolar, y para cubrir los gastos decembrinos, por la suma adicional de Dos (02) salarios mínimos urbanos, cada una, lo cual asciende a la suma de: CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES FUERTES CON 64/100 CTMS BOLIVARES (Bs. F 49.420,64), dicha suma de dinero ser deducida de la Cuenta de Ahorros 0175-008-1500-.....