DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de las establecidas en el articulo 256, ordinales 3º y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos EMILIO ANTONIO LINARES PEREZ, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.705.077, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-07-80, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de los ciudadanos EMILIO ANTONIO LINARES y MONSERATH PEREZ, residenciado en la Playa de Maurica, Barcelona, Estado Anzoátegui; y EDERID ABIB LINARES PEREZ, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.705.078, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-08-81, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesió.....