D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCION al ciudadano RICHARD ALBERTO MORENO GAVIDIA, quien dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.313.880, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació en fecha 28-01-92, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero , hijo de los ciudadanos ALBERTO MORENO y BELKIS BURGUIÑO, residenciado en: Calle Tulipán, casa Nº 51-F, La Orquídea Barcelona, Estado Anzoátegui., de conformidad con los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los Artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a seguir es el Ordinario. Líbrese el respectivo oficio dirigido al de a la Policía del Estado Anzoátegui, p.....