En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda CONCEDER la LIBERTAD CONDICIONAL a la penada MIREYA MARGARITA VARGAS DE GUARACHE, titular de la Cédula de Identidad N° 8.227.795, Venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacida en fecha 04-05-1963, casada, de profesión u oficio del hogar, hija de JEUS RAFAEL FAJARDO (df) y de ANA TEOLINDA VARGAS (v), residenciada en la Calle 5, casa S/N, Sector El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui; bajo las condiciones que mas adelante serán señaladas. Y asi se decide.
1.- Presentarse al Tribunal el día Viernes 18-03-2005, a las 09:00 A.M.
2.- No consumir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
3.- Realizar en tiempo libre y sin fines de lucro un trabajo comunitario de interés social.
4.- Señalar una dirección donde pueda ser localizado para cualquier circunstanc.....