En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de INQUISICION DE PATERNIDAD, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana FISCAL DECIMA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO, DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, ABG. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento de la ciudadana NAYIBETH JOSE GOMEZ, VENEZOLANA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.632.821, domiciliada en: Parcelamiento Tejar, Calle Bolívar, Casa Nº 23, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui; en contra del ciudadano MANUEL ENRIQUE MANUITT MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.461.980, domiciliado en: Sector Crucero de Nazareth, Casa S/Nº, P.....