En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de los penados CANAIRA DEL VALLE GRATEROL INFANTE, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 15.607.865, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació en fecha 21/10/1980, de 27 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, hija de IVAN EDUARDO GRATEROL (V) y PETRA SORAIDA INFANTE ACOSTA, residenciado en URB. RICARDO BURRIERA, SECTOR 4, CALLE 31, CASA Nº 27, VALENCIA, Estado Carabobo y JHON ERNESTO SORONDO VIELMA, titular de la Cédula de Identidad N° 18.180.109, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació en fecha 07/10/1983, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de OSCAR ERNESTO SORONDO GARCIA (F) y MARIBEL COROMOTO VIELMA (V), residenciada en Urb. PALO NEGRO AV. PRINCIPAL .....